6.7 — Comunicado de retiro de equipo al término del contrato
6.7 — Comunicado de retiro de equipo al término del contrato
Sección titulada «6.7 — Comunicado de retiro de equipo al término del contrato»Comunicado del operador al arrendador-administrador de la dark kitchen, anunciando fecha, hora y procedimiento para el retiro del equipo propio al término del contrato. Ratifica que los bienes muebles relacionados son de propiedad del operador, presenta el inventario comparativo contra el acta de entrega y afirma que el arrendador no tiene derecho de retención sobre dichos bienes salvo orden judicial.
Para qué fricción / situación
Sección titulada «Para qué fricción / situación»- 3.08-apropiacion-equipo — uso principal. Evita retención extrajudicial, apropiación por accesión o descuento indebido del depósito.
- 3.04-acceso-no-autorizado — cuando el arrendador anuncia que “no dejará retirar” hasta finiquito.
- 3.01-vicios-ocultos — cuando el retiro se combina con reclamación por daños derivados del estado del inmueble.
Antes de usar este template
Sección titulada «Antes de usar este template»- Tener listo: contrato de arrendamiento; inventario inicial firmado por ambas partes (si no lo hay, ver nota crítica más abajo); facturas del equipo propio (prueba de propiedad); fotografías fechadas de inicio y fotografías recientes; comprobantes de pago al corriente o estado de cuenta con adeudos cuantificados; datos del personal que acudirá al retiro (identificación, roles); datos del transportista y vehículo.
- Es apropiado siempre que se acerque el término del contrato o ya haya terminado. Es obligatorio cuando la operadora manifestó o se anticipa que obstaculizará el retiro.
- Si no existe inventario inicial, el template sigue siendo útil pero la posición probatoria es débil: acompañar con acta notarial del retiro y listado detallado de bienes con facturas. Considerar dictamen pericial previo si el equipo es de alto valor.
- Este template convive con el finiquito: el retiro del equipo y la liquidación económica del contrato son independientes. El equipo no debe condicionarse a ajustes pendientes de renta o depósito.
COMUNICADO DE RETIRO DE EQUIPO AL TÉRMINO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Sección titulada «COMUNICADO DE RETIRO DE EQUIPO AL TÉRMINO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO»[ Plantilla — adaptar al caso. Reemplaza los {{placeholders}}. Envía por correo electrónico con acuse + copia física con sello de recibido. Si la operadora ya manifestó oposición verbal o por escrito, escala a diligencia notarial desde el inicio. ]
Ciudad de México, a {{fecha}}.
{{nombre_razon_social_arrendador}} A la atención de: {{nombre_representante_legal_o_administrador}} {{cargo}} {{domicilio_arrendador}} {{correo_electronico_oficial}}
Asunto: Comunicado formal de retiro de equipo y bienes muebles de propiedad del arrendatario, con motivo del término del contrato de arrendamiento celebrado respecto del cubículo/cocina ubicado en {{domicilio_completo_inmueble}}.
Estimada/o {{nombre_representante_legal_o_administrador}}:
El suscrito {{nombre_completo_operador_o_razon_social}}, con RFC {{rfc}}, en mi carácter de arrendatario del cubículo/cocina identificado como {{identificacion_cubiculo}} dentro del inmueble ubicado en {{domicilio_inmueble}}, me permito comunicar formalmente lo siguiente:
1. Término del contrato
Sección titulada «1. Término del contrato»El contrato de arrendamiento de fecha {{fecha_firma_contrato}} concluye por {{cumplimiento_del_plazo / acuerdo mutuo / rescisión / otra causa}} el día {{fecha_termino}}. Con fundamento en el artículo 2483 del Código Civil para el Distrito Federal, la terminación se produce sin reproche de incumplimiento imputable a esta parte y sin perjuicio del ejercicio de los derechos que a cada una asistan.
2. Fecha, hora y procedimiento de retiro
Sección titulada «2. Fecha, hora y procedimiento de retiro»Por medio del presente, se hace del conocimiento de esa arrendadora que el suscrito procederá al retiro de los bienes muebles de su propiedad que se encuentran dentro del cubículo, conforme a la siguiente programación:
- Fecha de retiro: {{fecha_retiro — recomendado: dentro de los 5 a 10 días hábiles posteriores al término}}.
- Horario: de las {{hora_inicio}} a las {{hora_fin}} horas, con posibilidad de continuar al día siguiente en el mismo horario si el volumen lo requiere.
- Personal que acudirá: {{nombre_1}} ({{rol}}), {{nombre_2}} ({{rol}}), además del transportista {{nombre_empresa_transportista}} con vehículo {{placas_vehiculo}}.
- Acceso: se solicita atentamente que el cubículo y los accesos del inmueble se encuentren operativos en el horario señalado, así como la presencia de un representante de esa arrendadora para firma del acta de retiro correspondiente.
Se acompaña al presente el inventario de bienes a retirar, debidamente detallado (marca, modelo, número de serie, estado y factura de respaldo cuando exista), cotejable contra el acta de entrega inicial firmada por ambas partes el {{fecha_acta_entrega_inicial}}, la cual se anexa en copia para facilitar la verificación.
3. Titularidad de los bienes
Sección titulada «3. Titularidad de los bienes»Se ratifica que los bienes muebles listados en el inventario son propiedad del arrendatario, adquiridos con anterioridad a la suscripción del contrato o durante su vigencia, bajo facturas expedidas a nombre del suscrito, cuyas copias se acompañan. En particular:
- Equipo industrial: {{freidoras / hornos / refrigeradores / planchas / campanas / tarjas / etc.}}.
- Utensilios, herramientas y accesorios.
- Insumos, materia prima e inventario.
- Documentos y archivos físicos.
- Mejoras amovibles sin daño estructural ({{anaqueles atornillados reversibles / impermeabilizante / campana propia / etc.}}), cuya retención o adquisición por accesión no fue pactada en el contrato.
4. Inexistencia de derecho de retención
Sección titulada «4. Inexistencia de derecho de retención»Se hace expresa manifestación de que esa arrendadora no tiene derecho de retención sobre los bienes del suscrito, por las siguientes razones jurídicas:
- El arrendamiento civil y mercantil no genera, por sí solo, derecho de prenda tácita sobre bienes muebles del arrendatario.
- El artículo 2412 fracciones III y IV del CCDF obliga al arrendador a no estorbar ni embarazar el uso de la cosa y a garantizar el uso o goce pacífico, obligaciones que subsisten hasta la entrega material del inmueble y que se proyectan al momento del retiro.
- Cualquier adeudo cierto, líquido y exigible a cargo del suscrito debe reclamarse por vía judicial, pudiendo esa arrendadora solicitar las medidas cautelares que considere procedentes al Tribunal competente; jamás mediante retención material, cambio de cerraduras, sellos o candados.
- La eventual pena convencional pactada en el contrato (en su caso) tiene como tope el artículo 1843 del CCDF, conforme al cual no puede exceder ni en valor ni en cuantía a la obligación principal. Aplicarla sobre equipo de valor superior al adeudo es jurídicamente improcedente.
- Conforme al criterio jurisprudencial 1a./J. 170/2023 (11a.) de la Primera Sala de la SCJN (Amparo Directo en Revisión 172/2023), la vía procesal aplicable a este tipo de arrendamiento con propósito de especulación comercial es la mercantil.
5. Apercibimientos
Sección titulada «5. Apercibimientos»Para el caso en que esa arrendadora impida, obstaculice, retenga, deteriore o disponga de los bienes del suscrito, o en que los sustituya, los modifique o los mantenga en el inmueble contra su voluntad, quedará apercibida desde este momento de que:
- Se formulará denuncia o querella ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por los delitos de robo, despojo y fraude que, en su caso, se configuren, y por los demás que resulten.
- Se promoverá acción civil/mercantil por restitución de bienes muebles, con solicitud de medida cautelar para asegurar el equipo y evitar su deterioro o disposición, así como por el pago de daños y perjuicios (operación interrumpida, materia prima perecedera descompuesta, contratos de arrendamiento alterno que haya que suscribir, nómina pagada sin actividad, contratos con proveedores y plataformas afectados).
- Se reclamará, de manera independiente, la devolución íntegra del depósito en garantía si no se documentan con factura e inventario comparativo los descuentos que eventualmente se pretendan aplicar, o se reconvendrá por enriquecimiento sin causa y por incumplimiento contractual.
6. Depósito en garantía y finiquito
Sección titulada «6. Depósito en garantía y finiquito»Por lo que hace al depósito en garantía por un monto de ${{monto_deposito}} MXN, se solicita su devolución dentro de los {{plazo_devolucion_dias}} días hábiles siguientes a la entrega del cubículo, acompañado de un estado de cuenta detallado que, en su caso, identifique cualquier descuento con: (a) inventario comparativo frente al acta de entrega inicial; (b) facturas de reparación y (c) fotografías comparativas. Cualquier descuento no documentado se reserva para reclamación posterior.
Las cuestiones económicas del finiquito (rentas adeudadas, ajustes de servicios, pena convencional, en su caso) son independientes del retiro del equipo y se abordarán por separado.
7. Reserva de derechos
Sección titulada «7. Reserva de derechos»El presente comunicado se formula con ánimo conciliatorio y sin que implique renuncia, novación o reconocimiento respecto de los derechos, acciones, excepciones y defensas del suscrito, las cuales se reservan expresamente.
Agradezco su atención y quedo a sus órdenes para coordinar cualquier detalle operativo del retiro en los datos de contacto arriba indicados.
Atentamente,
{{nombre_completo_operador}} {{razon_social_si_aplica}} RFC: {{rfc}} Correo: {{correo_operador}} Teléfono: {{telefono}}
Anexos:
- Inventario de bienes a retirar con marcas, modelos, series, estado y referencia a facturas.
- Copia del acta de entrega inicial firmada por ambas partes (si existe).
- Copias de facturas representativas del equipo propio.
- Fotografías fechadas del cubículo en entrega y a la fecha.
- Identificación oficial del suscrito.
c.c.p. Archivo del arrendatario.
Cómo usar este template
Sección titulada «Cómo usar este template»Dónde presentar / a quién enviar
Sección titulada «Dónde presentar / a quién enviar»- Representante legal o administrador de la operadora. Correo oficial y, adicionalmente, copia impresa con sello de recibido.
- Con anticipación: idealmente 10 a 15 días antes del retiro, para que la operadora tenga tiempo de coordinar presencia y no tenga pretexto de “no nos avisaron”.
Cómo entregar (acuse, presencial, electrónico, notarial)
Sección titulada «Cómo entregar (acuse, presencial, electrónico, notarial)»- Correo electrónico con acuse + copia impresa con sello de recibido como regla general.
- Si la operadora ha manifestado resistencia al retiro, o si el equipo es de alto valor: diligencia notarial de notificación anexando el comunicado (ver 6.3-carta-notarial-uso-pacifico como referencia de procedimiento).
- Día del retiro: sugerido contratar notario público para levantar acta de retiro con inventario comparativo, fotografías y, en su caso, constancia de resistencia u obstrucción por parte del arrendador.
Plazos de respuesta razonables
Sección titulada «Plazos de respuesta razonables»- La operadora debería confirmar por escrito disposición a presenciar el retiro en 3 a 5 días hábiles.
- Silencio por más de 5 días hábiles se trata como señal de obstrucción potencial: llega con notario y testigos el día del retiro.
- Devolución del depósito: 15 a 30 días hábiles es el plazo habitual en contratos dark kitchen; si el contrato no lo fija, 30 días naturales es una referencia razonable.
Qué hacer si no responde / si obstruye
Sección titulada «Qué hacer si no responde / si obstruye»- Llegar con notario, testigos, cámara de video.
- Si el acceso se niega: levantar acta notarial de la negativa. Esa acta es prueba pre-procesal.
- Activar inmediatamente 6.3-carta-notarial-uso-pacifico si se impide el retiro.
- Denuncia penal por robo/despojo/retención ante MP — ver 4.5-penal.
- Demanda mercantil por restitución de bienes muebles con medida cautelar; vía mercantil por 1a./J. 170/2023 — ver 4.4-civil-mercantil.
- Reconvención si la operadora ya te demandó por adeudo: excepción de contrato no cumplido + restitución.
- Para escalamiento genérico, ver 4.3-queja-autoridad.
Documentos a adjuntar
Sección titulada «Documentos a adjuntar»- Inventario detallado del equipo a retirar.
- Copia del acta de entrega inicial (si existe) — crítico.
- Facturas de los bienes a nombre del operador.
- Fotografías fechadas iniciales y actuales.
- Identificación oficial.
- Copia del contrato y de los pagos realizados.
- Diligencia notarial: $1,500 a $4,000 MXN.
- Acta notarial de retiro (día del retiro): $2,500 a $6,000 MXN, según duración y complejidad.
- Transporte: según volumen y distancia.
- Defensa posterior si hay obstrucción: honorarios de abogado, típicamente contingentes al éxito o por iguala.
- Todo es invariablemente menor al valor del equipo que se pretendería retener.
Errores comunes que invalidan el template
Sección titulada «Errores comunes que invalidan el template»- Anunciar el retiro con 24 horas o menos de anticipación. El arrendador podrá alegar sorpresa.
- No incluir inventario detallado con series y facturas. Sin eso, en disputa cualquier bien es discutible.
- Confundir retiro con finiquito. Si aceptas “te entregamos el equipo cuando firmes el finiquito”, estás entregando la mejor prenda negociadora que tienes.
- Firmar el acta de retiro “sin reservas” cuando la operadora marcó un bien como “suyo” sin sustento. Anota observaciones en el mismo documento.
- Dejar atrás materia prima, documentos o archivos porque “ya después paso”. No hay después: cualquier cosa que quede es argumento de abandono.
- No llevar testigos ni cámara de video. La grabación del retiro entero es barata y decisiva.
- Autorizar al personal de la operadora a “ayudar” a mover el equipo. Si algo se daña, la responsabilidad se vuelve difusa.
- Aceptar que el “derecho de retención” exista por el solo hecho de un adeudo contractual. No existe en arrendamiento sin pacto específico y, aun con pacto, es discutible por los Arts. 2412 y 1843 CCDF y el orden público.
- No cruzar con 1.1-arrendamiento-comercial (cláusulas de mejoras útiles y depósito) ni con 3.08-apropiacion-equipo (patrones típicos y defensa).