1.3 — Protección Civil CDMX
1.3 — Protección Civil CDMX
Sección titulada «1.3 — Protección Civil CDMX»Marco aplicable a establecimientos de preparación de alimentos en CDMX bajo la SGIRPC (Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil). Programa Interno, ROPC, Carta de Corresponsabilidad, dictámenes, gas LP, pólizas, denuncia ciudadana. Esta es la capa donde se juegan vidas: dark kitchen con gas LP estacionario + extracción + alta carga eléctrica + aforo de cocineros y repartidores = inmueble que la ley clasifica, en la práctica, como riesgo medio o alto.
TL;DR operativo
Sección titulada «TL;DR operativo»[OBLIGATORIO]Toda cocina que supere 100 personas de aforo o 250 m² de construcción, o que por giro quede clasificada como riesgo medio/alto, requiere Programa Interno de Protección Civil (PIPC) registrado en la Plataforma Digital SGIRPC.[OBLIGATORIO]El PIPC lo firma un ROPC (Responsable Oficial de Protección Civil) con registro vigente en SGIRPC, mediante Carta de Corresponsabilidad, acompañada de Carta de Responsabilidad del propietario, poseedor o arrendatario obligado.[OBLIGATORIO]El obligado (según Reglamento) debe contratar póliza de responsabilidad civil no cancelable que indemnice daños a terceros en bienes y personas, con giro y domicilio expresos.[OBLIGATORIO]Gas LP estacionario: dictamen bajo NOM-004-SEDG-2004 por Unidad de Verificación acreditada; bitácora de mantenimiento; distancias mínimas.[RIESGO COMÚN]En dark kitchen multi-operador, el operador-arrendador (operadora del edificio) suele trasladar contractualmente la obligación del PIPC a cada cubículo. Esto no extingue su responsabilidad sobre el inmueble ni sobre áreas comunes (accesos, escaleras, tanque de gas, extracción compartida).[EN LA PRÁCTICA]Si llegas a firmar un cubículo y el arrendador no te muestra folio de PIPC vigente ni póliza con el domicilio correcto: estás firmando el riesgo.⚠ BRECHALa ley no regula expresamente el modelo dark kitchen multi-operador. Hay vacío sobre sujeto obligado único cuando el inmueble opera como plataforma de cubículos.
Marco normativo aplicable
Sección titulada «Marco normativo aplicable»| Instrumento | Publicación original | Última reforma conocida | Fuente |
|---|---|---|---|
| Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX (Ley GIRPC CDMX) | Gaceta Oficial CDMX, 5 de junio de 2019 | 15 de diciembre de 2023 (reforma de artículos 2, 14, 58, 59, 61, 62, 73, 90 y 195) | PAOT Ley vigente |
| Reglamento de la Ley GIRPC CDMX | Gaceta Oficial CDMX, 2020 | 15 de diciembre de 2023 (Gaceta BIS) | Reglamento 15/12/2023 |
| Acuerdo de Grado de Riesgo (clasificación bajo/medio/alto basada en SCIAN y m²/aforo) | Gaceta Oficial CDMX, 7 de agosto de 2019 | ⚠ última reforma no verificada | Gaceta Oficial CDMX |
| TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024 Términos de Referencia para Establecimientos Mercantiles, Industrias o Inmuebles obligados | Gaceta Oficial CDMX, 2024 | Vigente 2024 | PDF SGIRPC |
| Norma Técnica NT-SGIRPC-SIM-007-2024 sobre Simulacros en establecimientos mercantiles, industrias e inmuebles | Gaceta Oficial CDMX, 14 de mayo de 2024 (vigor 1 junio 2024) | Vigente | Prontuario CDMX |
| NOM-004-SEDG-2004 Instalaciones de aprovechamiento de Gas L.P. Diseño y construcción | DOF 2 de diciembre de 2004 | Vigente | DOF |
| NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad, prevención y protección contra incendios | DOF 9 de diciembre de 2010 | Vigente | DOF |
| Lineamientos del Dictamen Técnico de Prevención de Incendios (Heroico Cuerpo de Bomberos CDMX) | Gaceta Oficial CDMX | Vigente | prevencionincendios.cdmx.gob.mx |
Notas hermanas: 1.1-arrendamiento-comercial, 1.2-sanidad-cofepris-nom251, 1.4-laboral-lft-imss, 3.05-intervenciones-gas-electrico, 3.07-falta-docs-regulatorios, 5.1-docs-regulatorios-inmueble, 6.4-denuncia-sgirpc.
Cuándo aplica (umbrales de obligación del Programa Interno)
Sección titulada «Cuándo aplica (umbrales de obligación del Programa Interno)»La obligatoriedad del PIPC depende del grado de riesgo del inmueble, determinado por el Acuerdo del 7 de agosto de 2019 que cruza actividad SCIAN, superficie construida y aforo.
| Clasificación | Umbral | Obligación PIPC | Póliza RC | Dictámenes |
|---|---|---|---|---|
| Riesgo bajo | <100 personas de aforo y <250 m² de construcción y giro no peligroso | No obligado a PIPC. Debe aplicar medidas preventivas del Art. 61 del Reglamento (extintores, botiquín, señalización, rutas de evacuación, capacitación, directorio de emergencia) | No obligatoria por esta vía | No obligatorios vía PIPC |
| Riesgo medio | ≥100 personas de aforo o ≥250 m² de construcción | PIPC obligatorio | Obligatoria, no cancelable | Sí (gas LP, estructural, eléctrico según TR) |
| Riesgo alto | Giros peligrosos (manejo de combustibles, gas estacionario relevante, químicos), corporativos >1,000 m² o >5 niveles, hospitales, escuelas, establecimientos de impacto zonal | PIPC obligatorio + requisitos reforzados | Obligatoria, no cancelable, cobertura ampliada | Sí. Incluye Dictamen Técnico de Prevención de Incendios (Bomberos) cuando haya materiales de NOM-028-STPS-2012 o flamables |
[EN LA PRÁCTICA] Una dark kitchen típica (8 cubículos, cocineros + repartidores en espera, gas LP estacionario, campanas y extracción, aforo instantáneo >20 personas, superficie >250 m²) cae naturalmente en riesgo medio, y con frecuencia en alto por el manejo de gas LP estacionario y materiales flamables.
📎 FUENTE Reglamento de la Ley GIRPC CDMX, reforma Gaceta Oficial CDMX 15/12/2023 BIS. Acuerdo de Grado de Riesgo, GOCDMX 7/08/2019.
⚠ BRECHA Cita textual del artículo original numerado: el texto de la Ley antes de la reforma de 2023 hablaba de “Art. 56 TER” como precepto que detonaba la obligación. Tras la reforma, los umbrales viven principalmente en el Reglamento (Art. 56 del Reglamento regula la revalidación del PIPC) y en el Acuerdo de Grado de Riesgo. Si al redactar un contrato requieres cita textual verificable del numeral exacto vigente, consulta directamente la Gaceta Oficial CDMX del 15/12/2023 BIS y el texto consolidado en PAOT. No inventes numeración.
Sujeto obligado del Programa Interno en dark kitchen
Sección titulada «Sujeto obligado del Programa Interno en dark kitchen»Esta es la pregunta clave del modelo y donde la ley deja vacíos que se juegan en contrato.
Qué dice la norma
Sección titulada «Qué dice la norma»El Reglamento establece que la Carta de Corresponsabilidad del ROPC debe ir acompañada de la “carta de responsabilidad del propietario, poseedor o arrendatario obligado a presentar el Programa”. La Ley y el Reglamento permiten, por tanto, que el obligado sea cualquiera de las tres figuras:
- Propietario del inmueble (titular registral del predio).
- Poseedor (quien ejerce control material sobre el inmueble, típicamente la operadora dark kitchen que renta el edificio al dueño).
- Arrendatario obligado (quien arrienda un espacio y asume la obligación por contrato o por ser el operador efectivo del giro).
Cómo se resuelve en la práctica para dark kitchen
Sección titulada «Cómo se resuelve en la práctica para dark kitchen»| Escenario | Quién típicamente debe tener PIPC | Fundamento |
|---|---|---|
| Inmueble completo opera como dark kitchen multi-marca bajo una sola operadora | La operadora del edificio (poseedora/arrendataria del inmueble completo) debe presentar PIPC que cubra todo el inmueble | Es quien tiene control material sobre áreas comunes, instalación de gas, extracción, accesos. El PIPC es del inmueble, no del giro individual |
| Cada cubículo tiene giro distinto con licencias separadas y manejo independiente de gas | Discutido. Puede requerirse PIPC del inmueble más programas específicos por cubículo cuando giro individual dispare umbral | Ley reformada 2023 exige PIPC a “todo sujeto obligado” según grado de riesgo |
| Dueño arrienda “llave en mano” inmueble ya equipado como dark kitchen a una operadora | La operadora arrendataria es el poseedor obligado durante su posesión | Reglamento admite poseedor o arrendatario como obligado |
El fondo: qué es trasladable y qué no
Sección titulada «El fondo: qué es trasladable y qué no»[OBLIGATORIO] Son obligaciones de orden público NO trasladables por contrato (aunque un convenio privado diga lo contrario, frente a la autoridad siguen recayendo en el poseedor/propietario del inmueble):
- Existencia y vigencia del PIPC del inmueble.
- Integridad de la instalación de gas LP estacionaria y su dictamen.
- Seguridad estructural del edificio.
- Sistema de alerta sísmica y su interconexión.
- Rutas de evacuación, salidas de emergencia, señalización y vías de acceso.
- Póliza de responsabilidad civil del obligado (si el obligado es la operadora, es la operadora quien debe tenerla, no puede delegarla a cubículos).
[RECOMENDABLE] Sí son trasladables al operador de cubículo por contrato:
- Cumplimiento de medidas internas del cubículo (extintor propio, capacitación de su personal, participación en simulacros).
- Brigadas de primeros auxilios y combate de incendios específicas del cubículo, integradas al plan general.
- Bitácora de uso del equipo asignado.
- Póliza de responsabilidad civil propia del operador (por sus actos y omisiones), que no sustituye la del inmueble.
[RIESGO COMÚN] Cláusulas leoninas donde el arrendador pretende endosar al operador la totalidad de la responsabilidad del PIPC del inmueble. Son ineficaces frente a la autoridad. Frente a la autoridad, SGIRPC inspecciona, multa y clausura al poseedor del inmueble o al titular operativo efectivo del establecimiento. Ver 1.1-arrendamiento-comercial sobre redacción contractual.
📎 FUENTE Ley GIRPC CDMX arts. 14, 58, 59 (reformados 15/12/2023); Reglamento arts. sobre Cartas de Responsabilidad y Corresponsabilidad; TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024.
Contenido y vigencia del Programa Interno
Sección titulada «Contenido y vigencia del Programa Interno»Contenido mínimo (conforme TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024)
Sección titulada «Contenido mínimo (conforme TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024)»El PIPC de un establecimiento mercantil debe contener al menos:
- Subprograma de Prevención: análisis de riesgos internos y externos; directorios; brigadas; capacitación; señalización; equipos contra incendio; simulacros; mantenimiento.
- Subprograma de Auxilio: activación de alertamiento; procedimientos de evacuación; apoyo externo.
- Subprograma de Recuperación: evaluación de daños; vuelta a la operación.
- Documentación técnica anexa:
- Acta Constitutiva del Comité Interno de Protección Civil.
- Cartas de Responsabilidad y Corresponsabilidad.
- Póliza de responsabilidad civil vigente, con cobertura, giro y domicilio.
- Bitácora y dictamen de instalaciones de gas L.P. (NOM-004-SEDG-2004).
- Dictamen eléctrico conforme al TR aplicable.
- Dictamen estructural del inmueble cuando lo exija el TR.
- Constancias de mantenimiento de equipos fijos contra incendio y sistemas de alerta sísmica.
- Dictamen Técnico de Prevención de Incendios del Heroico Cuerpo de Bomberos CDMX cuando giro/materiales lo exijan.
Vigencia
Sección titulada «Vigencia»[OBLIGATORIO]El PIPC es anual. Debe revalidarse cada año en la Plataforma Digital SGIRPC.- La Carta de Corresponsabilidad del ROPC está sujeta a la vigencia del PIPC.
- La revalidación sólo procede si no cambian: razón social, domicilio, giro/actividad económica, metros cuadrados, no hubo modificación estructural y es el mismo ROPC. Si cambia cualquiera de estos, se trata como alta nueva, no revalidación.
Simulacros (NT-SGIRPC-SIM-007-2024)
Sección titulada «Simulacros (NT-SGIRPC-SIM-007-2024)»[OBLIGATORIO]Establecimientos riesgo medio/alto: además de los simulacros convocados por la autoridad (macrosimulacros), deben implementar los que el análisis de riesgo de incendio determine como altos.[OBLIGATORIO]Al menos un simulacro sin previo aviso durante la vigencia anual del PIPC.- Establecimientos riesgo bajo: al menos los simulacros convocados por la autoridad.
📎 FUENTE NT-SGIRPC-SIM-007-2024, Gaceta Oficial CDMX 14/05/2024, en vigor desde 1/06/2024.
ROPC y Carta de Corresponsabilidad
Sección titulada «ROPC y Carta de Corresponsabilidad»Quién es el ROPC
Sección titulada «Quién es el ROPC»Responsable Oficial de Protección Civil: persona física registrada ante SGIRPC, que elabora, firma y respalda el PIPC. Sustituyó la figura anterior de “Tercero Acreditado” mediante reforma publicada el 2 de marzo de 2021. Debe mantener capacitación anual obligatoria ante SGIRPC.
Requisitos de registro:
- Diplomado o formación avalada (CENAPRED, facultades de UNAM, INCAP México u otras acreditadas por SGIRPC).
- Trámite ante SGIRPC vía portal
tramites.cdmx.gob.mx. - Registro público consultable en el Padrón Digital de Responsables Oficiales: atlas.cdmx.gob.mx/saropc/.
Carta de Corresponsabilidad
Sección titulada «Carta de Corresponsabilidad»- Documento firmado por el ROPC, anexo al PIPC, mediante el cual asume responsabilidad solidaria y profesional por el contenido del Programa.
- Vigencia igual a la del PIPC (anual).
- El ROPC queda obligado a supervisar el cumplimiento del Programa por el obligado y a rendir informes de avance a la SGIRPC y/o a la alcaldía cuando se le requiera.
Carta de Responsabilidad
Sección titulada «Carta de Responsabilidad»- Firmada por el propietario, poseedor o arrendatario obligado.
- Es la contraparte de la de Corresponsabilidad: el obligado asume implementar el Programa; el ROPC asume que el Programa está bien elaborado y supervisar.
[RIESGO COMÚN] ROPC “fantasma” que firma el papel, no vuelve a aparecer, y aparece con decenas de programas en distintos domicilios. Verifica siempre en el Padrón Digital que el registro está vigente.
📎 FUENTE Reforma Reglamento 2/03/2021; Reglamento GIRPC CDMX reforma 15/12/2023.
Plataforma Digital SGIRPC y verificación por terceros
Sección titulada «Plataforma Digital SGIRPC y verificación por terceros»URL y función
Sección titulada «URL y función»- Plataforma para ingreso y registro de PIPC: tramites.cdmx.gob.mx/proteccion-civil-programas-internos/public/.
- Acceso con Llave CDMX para el obligado y con credenciales emitidas por SGIRPC para el ROPC.
- Publicación con la reforma del Reglamento en 2023/2024 estableció procedimiento de registro con folio electrónico.
Constancia que emite
Sección titulada «Constancia que emite»Al registrar/revalidar el PIPC, la Plataforma emite una Constancia de Registro del Programa Interno de Protección Civil con:
- Folio único.
- Código QR para verificación.
- Datos del establecimiento (razón social, domicilio, giro, superficie, aforo).
- Grado de riesgo.
- Vigencia.
- ROPC responsable.
Cómo verifica un operador antes de firmar (mecánica concreta)
Sección titulada «Cómo verifica un operador antes de firmar (mecánica concreta)»[OBLIGATORIO para operador] Antes de firmar el arrendamiento de un cubículo:
- Pide la Constancia de Registro del PIPC en PDF original con QR legible. No pantallazo, no impresión borrosa.
- Escanea el QR con tu teléfono. Debe llevar a un dominio oficial
cdmx.gob.mxopreparados.gob.mx. Si lleva a dominio privado o lanza error, desconfía. - Verifica el domicilio en la constancia contra el domicilio del contrato que vas a firmar. Si el arrendador te entrega un PIPC con dirección distinta (por ejemplo, el corporativo de la operadora en vez del inmueble donde vas a cocinar), no cumple.
- Verifica el giro: debe decir “establecimiento mercantil de preparación de alimentos” o giro equivalente. Si dice “oficinas”, “bodega” o similar, el PIPC no cubre tu operación.
- Verifica vigencia: la fecha de caducidad no debe estar vencida ni a punto de vencer en el plazo del contrato.
- Verifica al ROPC en el Padrón Digital atlas.cdmx.gob.mx/saropc/: registro activo y al corriente.
- Pide copia de la póliza de responsabilidad civil con endoso que mencione giro y domicilio.
⚠ BRECHA No existe una consulta pública abierta por dirección que permita a cualquier ciudadano, sin credenciales, validar si un inmueble específico tiene PIPC registrado. La verificación depende de que el arrendador entregue la Constancia y de que el QR funcione. Si no entrega, el canal válido es (a) denuncia ante SGIRPC solicitando inspección o (b) solicitud de información vía Transparencia.
📎 FUENTE Plataforma Digital SGIRPC; Registro de constancia en preparados.gob.mx; Padrón SAROPC; Reforma Reglamento 2023/2024.
Gas LP estacionario
Sección titulada «Gas LP estacionario»Sección crítica del modelo dark kitchen. El tanque estacionario concentra la mayor parte del riesgo de pérdida total de inmueble y vidas.
NOM aplicable
Sección titulada «NOM aplicable»- NOM-004-SEDG-2004, “Instalaciones de aprovechamiento de Gas L.P. Diseño y construcción”. Aplica a todas las instalaciones fijas y permanentes de aprovechamiento de gas L.P.
- NOM-002-SEDG-1999 aplica a bodegas de distribución de Gas LP en recipientes portátiles (no es el caso típico de dark kitchen con estacionario).
- NOM-003-SEDG-2004 aplica a estaciones de Gas LP para carburación (tampoco aplicable típicamente).
- NOM-EM-007-SECRE para aprovechamiento en inmuebles
⚠ verificación pendiente de aplicabilidad específica en CDMX 2026.
Obligaciones derivadas de NOM-004-SEDG-2004
Sección titulada «Obligaciones derivadas de NOM-004-SEDG-2004»[OBLIGATORIO]
- Diseño y construcción conforme a especificaciones técnicas de la NOM (materiales, soldaduras, válvulas, distancias, ventilación).
- Dictamen de cumplimiento emitido por Unidad de Verificación acreditada y aprobada por la autoridad energética, al término de la obra nueva y ante modificaciones. Para instalaciones clase industrial: dictamen anual.
- Programa de mantenimiento preventivo y correctivo con bitácora de registro de actividades (fechas, operaciones realizadas, técnico responsable, hallazgos).
- Distancias mínimas de seguridad:
- Recipientes hasta 5,000 litros: al menos 1.5 m de puertas, ventanas, chimeneas y succiones de aire acondicionado.
- 3 m mínimo desde tanque a fuentes de ignición (cableado, flamas, motores).
- Separación respecto a colindancias según clase de instalación.
- Capacidad máxima en zonas urbanas: regulada por NOM-004-SEDG-2004 y por reglamentación local. Instalaciones domésticas y comerciales se clasifican por litros de capacidad agua. Para volúmenes elevados puede requerirse autorización adicional.
⚠ Capacidad máxima exacta para zonas urbanas CDMX: verifica con SEDG/ASEA y el Reglamento de Construcciones CDMX. - Señalización de la instalación, válvulas de corte accesibles y visibles, protección contra impacto del recipiente.
- Ventilación adecuada en áreas con aparatos de consumo (campanas, estufas).
Qué debe entregar el arrendador al operador
Sección titulada «Qué debe entregar el arrendador al operador»[OBLIGATORIO]
- Copia del dictamen vigente de la Unidad de Verificación.
- Bitácora de mantenimiento accesible.
- Póliza de RC que contemple riesgo por gas.
- Planos de la instalación con ubicación de válvulas de corte (para brigada del cubículo).
[RIESGO COMÚN] Subdivisiones internas que acercan aparatos de consumo a ventanas, rutas de evacuación o tomas eléctricas sin redimensionar la instalación de gas. Ver 3.05-intervenciones-gas-electrico.
📎 FUENTE NOM-004-SEDG-2004, DOF 2/12/2004; Guía de manejo seguro de GAS - Protección Civil CDMX.
Pólizas obligatorias
Sección titulada «Pólizas obligatorias»[OBLIGATORIO] Póliza de Responsabilidad Civil no cancelable para todo obligado a PIPC (riesgo medio y alto).
Requisitos de la póliza (Reglamento 2023)
Sección titulada «Requisitos de la póliza (Reglamento 2023)»- Vigencia permanente durante todo el periodo de registro del PIPC (no puede cancelarse sin reposición).
- Debe indemnizar a terceros en bienes y personas.
- Debe decir expresamente en la carátula o endoso: cobertura de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros.
- Debe indicar giro/actividad económica y domicilio del establecimiento.
Cobertura mínima
Sección titulada «Cobertura mínima»⚠ BRECHA El Reglamento no fija un monto mínimo uniforme. Se deja a criterio de la SGIRPC y del análisis de riesgo. [EN LA PRÁCTICA] Para establecimientos de preparación de alimentos con gas, el mercado maneja sumas aseguradas desde $5,000,000 MXN y escala según aforo y capacidad de tanque. Verifica que la suma asegurada sea razonable frente a la pérdida máxima probable (inmueble completo más terceros afectados).
Alcance en dark kitchen
Sección titulada «Alcance en dark kitchen»- La póliza del inmueble/operadora cubre el continente y áreas comunes.
- La póliza propia del operador (recomendable, aunque no siempre obligatoria) cubre sus actos y omisiones específicos del cubículo. Ambas coexisten. Ver 1.1-arrendamiento-comercial para el apartado de seguros en el contrato.
📎 FUENTE Reforma Reglamento 15/12/2023, obligación de póliza para todo obligado a PIPC.
Sanciones e inspección
Sección titulada «Sanciones e inspección»Facultad de inspección
Sección titulada «Facultad de inspección»SGIRPC, alcaldías y Bomberos realizan visitas de verificación administrativa. La información cargada en la Plataforma Digital es base para dichas visitas.
Montos de sanción
Sección titulada «Montos de sanción»[OBLIGATORIO saber] Los montos se expresan en UMA (Unidad de Medida y Actualización). Valor UMA 2026: $117.31 diarios (INEGI, vigor 1/02/2026).
| Supuesto | Rango | Equivalente aprox. 2026 |
|---|---|---|
| Infracciones generales a la Ley GIRPC / Reglamento | 300 a 6,000 UMA | ~$35,193 a ~$703,860 |
| Establecimientos de impacto vecinal sin PIPC | 5,000 a 15,000 UMA | ~$586,550 a ~$1,759,650 |
| Establecimientos de impacto zonal sin PIPC | hasta ~23,128 UMA | hasta ~$2,712,500 |
| Medio/alto riesgo sin PIPC (fuentes especializadas) | 200 a 5,000 UMA | ~$23,462 a ~$586,550 |
⚠ ADVERTENCIA Los rangos exactos varían según el artículo aplicado por la autoridad. Verifica en cada acta la fracción específica invocada. Los equivalentes en pesos asumen UMA 2026.
Medidas cautelares y clausura
Sección titulada «Medidas cautelares y clausura»- Clausura parcial o total por riesgo inminente.
- Suspensión de actividades.
- Revocación de licencias o permisos de funcionamiento.
[EN LA PRÁCTICA] La causa número 1 de clausura de establecimientos mercantiles de alimentos en CDMX durante inspección SGIRPC es la falta de PIPC vigente. Ver 3.07-falta-docs-regulatorios.
Procedimiento de imposición
Sección titulada «Procedimiento de imposición»- Orden de visita firmada por autoridad competente (SGIRPC o alcaldía).
- Levantamiento de acta circunstanciada con inventario de hallazgos.
- Notificación al obligado con plazo para presentar pruebas y alegatos.
- Resolución administrativa.
- Medios de defensa: recurso de revisión ante la propia autoridad y juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la CDMX.
📎 FUENTE Ley GIRPC CDMX; Ley de Procedimiento Administrativo CDMX.
Reparto contractual operador vs arrendador
Sección titulada «Reparto contractual operador vs arrendador»Cruza con 1.1-arrendamiento-comercial. Resumen claro:
| Obligación | Responsabilidad primaria | ¿Trasladable por contrato? |
|---|---|---|
| PIPC del inmueble completo registrado y vigente | Poseedor/operadora del inmueble | NO (orden público) |
| Dictamen de gas LP estacionario | Poseedor/operadora del inmueble | NO |
| Dictamen estructural | Propietario y/o poseedor | NO |
| Sistema de alerta sísmica funcional | Poseedor del inmueble | NO |
| Rutas de evacuación, señalización y salidas de emergencia | Poseedor del inmueble | NO |
| Póliza de RC del obligado principal a PIPC | Operadora/obligado principal | NO (es obligación legal de quien es obligado a PIPC) |
| Brigadas internas del cubículo integradas al Comité | Operador del cubículo | SÍ parcial, con coordinación central |
| Extintor y medidas dentro del cubículo | Operador del cubículo | SÍ |
| Capacitación de personal propio | Operador del cubículo | SÍ |
| Participación en simulacros | Operador del cubículo | SÍ |
| Bitácora de uso de equipo asignado (freidoras, hornos) | Operador del cubículo | SÍ |
| Póliza RC propia del operador por sus actos | Operador del cubículo | SÍ (adicional, no sustitutiva) |
[RIESGO COMÚN] Contratos que dicen “el arrendatario asume cualquier responsabilidad administrativa, civil o penal derivada de protección civil”. Frente a SGIRPC, no exime al poseedor del inmueble. Frente a víctimas, la vía civil puede ir contra ambos de manera solidaria (responsabilidad objetiva por riesgo creado). Ver perspectiva del trabajador más abajo.
Cómo denunciar
Sección titulada «Cómo denunciar»Sección que alimenta 6.4-denuncia-sgirpc.
Canales
Sección titulada «Canales»- Llamada/denuncia anónima: número 089 a nivel CDMX para reporte de actividades ilícitas o de riesgo. No requiere identificación.
- Denuncia electrónica SGIRPC: portal denunciaanonima.cdmx.gob.mx y formularios de la Secretaría.
- Emergencias: (55) 5683-2222 (SGIRPC) o 911 si es riesgo inminente.
- Atención ciudadana SGIRPC: 5515-191864.
- Unidad de Protección Civil de la alcaldía correspondiente. La página Unidades de Protección Civil por Alcaldía lista datos de contacto.
- Transparencia/solicitud de información para verificar si un domicilio cuenta con PIPC registrado (cuando el arrendador no entregue Constancia).
Qué incluir en la denuncia
Sección titulada «Qué incluir en la denuncia»- Domicilio exacto del inmueble (calle, número, colonia, alcaldía, punto de referencia).
- Giro aparente (dark kitchen, cocina fantasma, preparación de alimentos).
- Riesgos observados: tanque estacionario visible, fuga de gas, cableado expuesto, extracción irregular, bloqueo de salidas de emergencia, aforo elevado.
- Indicación de que no se tiene constancia del PIPC pese a haberla solicitado (si aplica).
- Fotos o evidencia si se tiene y es posible obtenerla sin riesgo.
Anonimato y tiempos
Sección titulada «Anonimato y tiempos»[EN LA PRÁCTICA]La denuncia al 089 y el portal anónimo no exigen identificación.- Tiempos oficiales de respuesta de inspección no están publicados uniformemente por SGIRPC.
⚠ BRECHAVerificar en lineamientos de atención ciudadana de cada alcaldía. - Si hay riesgo inminente (fuga de gas, incendio), usa 911 directo.
📎 FUENTE SGIRPC Contacto; denunciaanonima.cdmx.gob.mx; Unidades de Protección Civil por Alcaldía.
En la práctica
Sección titulada «En la práctica»[EN LA PRÁCTICA]La mayoría de las dark kitchens operan con un PIPC del inmueble bajo la operadora, y los contratos con cubículos endosan la responsabilidad de protección civil al operador. Esto no cumple la ley: el obligado frente a SGIRPC sigue siendo quien posee el inmueble.[EN LA PRÁCTICA]Inspecciones de SGIRPC disparan clausura del inmueble completo. Todos los operadores pierden operación el mismo día, sin importar que ellos sí estén en regla.[EN LA PRÁCTICA]Muchos ROPC firman el PIPC al inicio y no vuelven a presentarse. No hay supervisión real. Verifica en el Padrón y pide al ROPC su último reporte de supervisión.[EN LA PRÁCTICA]Las pólizas presentadas suelen ser del corporativo de la operadora y no mencionan el domicilio del inmueble ni el giro de preparación de alimentos. Sin ese endoso, ante siniestro la aseguradora puede rechazar el pago.[EN LA PRÁCTICA]Subdivisiones hechas después del PIPC (nuevos cubículos agregados al edificio) invalidan la revalidación. Cualquier modificación estructural obliga a nuevo PIPC, no revalidación.[EN LA PRÁCTICA]Extracción compartida entre cubículos es un multiplicador de riesgo que pocos PIPC aterrizan correctamente. Si una campana falla, todo el sistema se contamina.
Qué hacer con esto
Sección titulada «Qué hacer con esto»Para el operador (antes de firmar)
Sección titulada «Para el operador (antes de firmar)»Checklist verificable:
- Pedir Constancia de Registro de PIPC del inmueble con QR. Verificar QR contra dominio
cdmx.gob.mx/preparados.gob.mx. - Verificar que el domicilio de la Constancia coincide con el del contrato.
- Verificar que el giro de la Constancia diga preparación de alimentos / establecimiento mercantil equivalente.
- Verificar vigencia no vencida.
- Verificar al ROPC en atlas.cdmx.gob.mx/saropc/.
- Pedir póliza de RC con endoso de giro y domicilio. Leerla completa.
- Pedir dictamen vigente de la instalación de gas LP (NOM-004-SEDG-2004) y ver la bitácora física.
- Pedir dictamen estructural y, si hay materiales peligrosos, Dictamen Técnico de Prevención de Incendios de Bomberos.
- Recorrer el inmueble identificando: válvulas de corte de gas, salidas de emergencia, extintores (ver fecha de recarga), señalización, punto de reunión, botiquín.
- Verificar que el inmueble no haya sido subdividido después de la emisión del PIPC vigente (preguntar fecha de última obra).
- Si algo falta: no firmar hasta que entreguen, o incluir en el contrato obligación de entrega en plazo con pena.
Si el arrendador se niega a entregar: esa sola señal basta. Ver 3.07-falta-docs-regulatorios.
Para el operador (durante la relación)
Sección titulada «Para el operador (durante la relación)»- Integrar brigadas propias del cubículo al Comité Interno del inmueble.
- Participar en todos los simulacros, incluso los no anunciados.
- Mantener extintor propio con recarga vigente dentro del cubículo (no depender únicamente de los del pasillo).
- Bitácora propia de uso de equipo (freidoras, hornos, campanas).
- Reportar por escrito al arrendador cualquier anomalía (fuga, olor a gas, falla de extracción). Guardar acuse.
- Solicitar anualmente copia de la revalidación del PIPC y de la póliza.
- Mantener póliza RC propia del operador por sus actos (freidora, uso de gas, accidente laboral dentro del cubículo).
Para el arrendador / operadora del dark kitchen
Sección titulada «Para el arrendador / operadora del dark kitchen»- Asumir que el PIPC del inmueble es tu obligación. No es delegable.
- Contratar ROPC con presencia real, no de papel. Pedirle informes trimestrales.
- Tener dictamen de gas actualizado y bitácora al día.
- Póliza RC con endoso por giro y domicilio, cobertura razonable frente a siniestro total del inmueble más terceros.
- Comité Interno con representación de cada cubículo operador.
- Protocolo claro de quién corta el gas, quién activa el alertamiento, quién evacúa a qué zona.
- Documentar toda modificación estructural y actualizar PIPC con alta nueva cuando corresponda.
- Entregar al operador al firmar: copia de Constancia, copia de póliza, copia de dictámenes, plano de válvulas de corte y rutas de evacuación.
Para el trabajador
Sección titulada «Para el trabajador»- Exigir capacitación en manejo de extintor, evacuación y uso del gas.
- Preguntar dónde está la válvula de corte del gas del cubículo y la general del inmueble.
- Conocer la ruta de evacuación y el punto de reunión.
- Si huele a gas: no encender, no apagar interruptores, ventilar, evacuar y avisar. No es trivia: es ley física.
- Si el patrón no ha hecho simulacros o no entrega capacitación: denuncia anónima (089) o ante la Unidad de Protección Civil de tu alcaldía. También se puede escalar a STPS por condiciones de seguridad (cruza con 1.4-laboral-lft-imss).
- En caso de siniestro que dañe tu integridad: el operador y/o el poseedor del inmueble pueden responder civilmente de manera solidaria por riesgo creado, independientemente de IMSS. Documenta todo (fotos, testigos, atención médica).
Brechas detectadas
Sección titulada «Brechas detectadas»⚠ BRECHACita textual exacta y numeración vigente del artículo que detona umbrales PIPC post reforma 15/12/2023. Revisar Gaceta Oficial CDMX directa antes de usar numeración específica en contrato.⚠ BRECHAMonto mínimo de cobertura de la póliza de RC no uniforme en Reglamento.⚠ BRECHALa Ley GIRPC CDMX no regula expresamente el modelo dark kitchen multi-operador. No hay criterio publicado de SGIRPC sobre quién es el sujeto obligado único en inmueble con cubículos rentados a operadores distintos. Resolver por analogía con figuras de poseedor y por contrato. Es la oportunidad de lobby regulatorio para el sector.⚠ BRECHAConsulta pública abierta por dirección en la Plataforma Digital SGIRPC no existe hoy. Verificación depende de entrega del arrendador o de denuncia/transparencia.⚠ BRECHATiempos oficiales de respuesta a denuncia ciudadana ante SGIRPC no publicados uniformemente.⚠ BRECHACapacidad máxima de gas LP estacionario en zonas urbanas CDMX: intersección NOM-004-SEDG-2004 + Reglamento de Construcciones CDMX + requisitos ASEA requiere consulta específica antes de dimensionar.⚠ BRECHAAplicabilidad de NOM-EM-007-SECRE y de reglas ASEA a instalaciones en dark kitchen no clarificada en fuentes públicas de SGIRPC.
Glosario
Sección titulada «Glosario»- Programa Interno de Protección Civil (PIPC): instrumento de planeación y operación del establecimiento/inmueble obligado, con subprogramas de prevención, auxilio y recuperación. Se registra en Plataforma Digital SGIRPC y se revalida anualmente.
- ROPC (Responsable Oficial de Protección Civil): persona física con registro y capacitación anual ante SGIRPC, autorizada para elaborar y firmar PIPC. Sustituyó al “Tercero Acreditado” en 2021.
- Tercero Acreditado: figura previa al ROPC, hoy derogada. Algunas fuentes todavía la mencionan; normativamente hoy es ROPC.
- Carta de Corresponsabilidad: firmada por el ROPC; asume responsabilidad profesional por el contenido del PIPC y su supervisión.
- Carta de Responsabilidad: firmada por propietario/poseedor/arrendatario obligado; asume implementar el Programa.
- Dictamen estructural: opinión técnica sobre seguridad estructural del inmueble. Requerido según TR.
- Dictamen eléctrico: opinión técnica sobre la instalación eléctrica, frecuentemente exigida por TR para riesgo medio/alto.
- Dictamen de gas: certificación por Unidad de Verificación acreditada del cumplimiento de NOM-004-SEDG-2004 para la instalación de aprovechamiento de gas L.P.
- Riesgo bajo / medio / alto: clasificación con base en Acuerdo del 7/08/2019 que cruza SCIAN, superficie y aforo. Detona obligaciones distintas de PIPC y póliza.
- Plataforma Digital SGIRPC: sistema en línea
tramites.cdmx.gob.mx/proteccion-civil-programas-internos/public/donde se ingresa, registra y revalida el PIPC; emite Constancia con QR. - UMA (Unidad de Medida y Actualización): parámetro económico publicado por INEGI. Valor 2026: $117.31 diarios, $3,566.22 mensuales, $42,794.64 anuales (vigor 1/02/2026).
- SGIRPC: Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México.
- TR (Términos de Referencia): documentos técnicos emitidos por SGIRPC que detallan cómo se elabora un PIPC por tipo de giro. Para este capítulo aplica TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024.
Fuentes
Sección titulada «Fuentes»- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX (texto consolidado abril 2023, PAOT)
- Ley GIRPC CDMX (Congreso de la CDMX)
- Reglamento de la Ley GIRPC CDMX, Gaceta 15/12/2023 (PAOT)
- Reglamento GIRPC CDMX HTML (PAOT)
- Marco Normativo — Protección Civil CDMX
- TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024 (Establecimientos Mercantiles, PDF SGIRPC)
- Norma Técnica NT-SGIRPC-SIM-007-2024 sobre Simulacros (Prontuario CDMX)
- NOM-004-SEDG-2004 (DOF)
- Plataforma Digital Programas Internos SGIRPC
- Padrón Digital ROPC — SAROPC
- Responsables Oficiales de Protección Civil (SGIRPC)
- Dictamen Técnico de Prevención de Incendios CDMX
- Heroico Cuerpo de Bomberos CDMX
- Registro de constancia PIPC (preparados.gob.mx)
- Denuncia Anónima CDMX
- Unidades de Protección Civil por Alcaldía
- Comunicado SGIRPC sobre reformas 2023
- UMA 2026 INEGI
- Guía de manejo seguro de GAS — SGIRPC