6.4 — Denuncia ciudadana ante SGIRPC
6.4 — Denuncia ciudadana ante SGIRPC
Sección titulada «6.4 — Denuncia ciudadana ante SGIRPC»Modelo de denuncia ciudadana (anónima o con datos reservados) ante la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX, cuando una dark kitchen opera sin Programa Interno de Protección Civil, sin dictamen de gas vigente, con instalaciones modificadas sin autorización, sin póliza de responsabilidad civil o con ROPC inactivo. Utilizable también por trabajadores, operadores arrendatarios, vecinos o repartidores.
Para qué fricción / situación
Sección titulada «Para qué fricción / situación»- 3.07-falta-docs-regulatorios — puerta principal. La palanca más efectiva para forzar regularización.
- 3.01-vicios-ocultos — cuando el vicio pone en riesgo personas (gas, eléctrico, estructural).
- 3.04-acceso-no-autorizado — cuando la intervención del arrendador bloquea rutas de evacuación o válvulas de corte.
Antes de usar este template
Sección titulada «Antes de usar este template»- Tener claro el domicilio exacto del inmueble (calle, número, colonia, alcaldía, punto de referencia). Sin domicilio concreto la denuncia no prospera.
- Tener listo: descripción de los riesgos observados (con qué frecuencia, en qué horario, qué personas están en riesgo); fotos o videos si es posible obtenerlos sin riesgo propio; intentos previos de solicitar documentos al arrendador (correos, 6.1-solicitud-docs-regulatorios) si los hay; datos del denunciante si opta por identificarse (la autoridad los clasifica como reservados).
- Es apropiado cuando: no hay Constancia PIPC con QR verificable; el QR lleva a dominio no oficial; el dictamen de gas no existe o está vencido; hubo subdivisiones posteriores al PIPC; la póliza no menciona el domicilio; el ROPC está inactivo en el Padrón SAROPC.
- Es desproporcionado como primera acción si no has pedido los documentos y dado un plazo razonable al arrendador. Es la excepción: si detectas riesgo inminente (olor a gas, fuga, cableado flameando), no esperes a ningún plazo — llama al 911.
DENUNCIA CIUDADANA ANTE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Sección titulada «DENUNCIA CIUDADANA ANTE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO»[ Plantilla — adaptar al caso. Reemplaza los {{placeholders}}. Puedes presentarla anónima, con datos reservados, o con identificación completa. Los canales aparecen al final. ]
Ciudad de México, a {{fecha}}.
Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (SGIRPC) Unidad de Protección Civil de la Alcaldía {{alcaldia}}.
Asunto: Denuncia ciudadana por presunto incumplimiento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y su Reglamento, en establecimiento de preparación de alimentos tipo “dark kitchen” ubicado en {{domicilio_completo_inmueble}}.
Datos del denunciante
Sección titulada «Datos del denunciante»Marque la opción elegida:
- Denuncia anónima. No se proporcionan datos del denunciante (canal 089 o
denunciaanonima.cdmx.gob.mx). - Denuncia con datos reservados. Los datos se entregan a la autoridad, que los clasifica como confidenciales y no los traslada al denunciado.
- Nombre: {{nombre_denunciante}}
- Relación con el inmueble: {{operador_arrendatario / trabajador / vecino / repartidor / otro}}
- Correo / teléfono: {{contacto}}
Datos del establecimiento denunciado
Sección titulada «Datos del establecimiento denunciado»- Nombre comercial o razón social (si se conoce): {{nombre_operadora_o_dark_kitchen}}
- Domicilio exacto: calle {{calle_y_numero}}, colonia {{colonia}}, alcaldía {{alcaldia}}, CDMX, C.P. {{codigo_postal}}.
- Punto de referencia: {{entre_que_calles_o_junto_a}}.
- Giro: establecimiento mercantil de preparación de alimentos tipo dark kitchen (cocina oculta) con múltiples marcas virtuales, reparto por plataformas (Rappi, Uber Eats, DiDi Food, otras).
- Horario aparente de operación: {{horario_observado}}.
- Número aproximado de personas en el interior en momento pico: {{cocineros_repartidores}}.
Hechos denunciados
Sección titulada «Hechos denunciados»Se denuncian los siguientes hechos que presumiblemente contravienen la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (Gaceta Oficial CDMX, 5 de junio de 2019, con reforma del 15 de diciembre de 2023) y su Reglamento (reforma Gaceta Oficial BIS 15 de diciembre de 2023), así como las Normas Técnicas aplicables (TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024 y NT-SGIRPC-SIM-007-2024) y la NOM-004-SEDG-2004 para instalaciones de gas L.P.
Marque los supuestos aplicables y complemente con la descripción concreta:
- Ausencia o inexhibición de Constancia de Registro del Programa Interno de Protección Civil (PIPC) del inmueble. El responsable ha sido requerido y no la exhibe; o exhibe un documento que no contiene código QR legible o que remite a dominios no oficiales; o la dirección en el documento no coincide con el inmueble. Descripción: {{detalle}}.
- Dictamen de la instalación de aprovechamiento de gas L.P. vencido o inexistente, en contravención de la NOM-004-SEDG-2004. Descripción: {{detalle — p. ej., “no existe bitácora, el tanque estacionario no tiene sello de verificación visible, las distancias a ventanas/puertas no se respetan”}}.
- Modificaciones estructurales o de instalaciones realizadas después de la emisión del PIPC vigente, sin actualización del Programa. Descripción: {{detalle — p. ej., “se han agregado cubículos, ampliado campanas, subdividido espacios”}}.
- Ausencia de póliza de responsabilidad civil no cancelable con endoso expreso de domicilio y giro, conforme al Reglamento de la Ley GIRPC (reforma 15/12/2023). Descripción: {{detalle}}.
- Responsable Oficial de Protección Civil (ROPC) inactivo en el Padrón Digital atlas.cdmx.gob.mx/saropc/, o ROPC que no se presenta físicamente al inmueble y no supervisa. Descripción: {{detalle}}.
- Rutas de evacuación bloqueadas o inexistentes, salidas de emergencia obstruidas, señalización ausente, extintores vencidos o inexistentes. Descripción: {{detalle}}.
- Ausencia de simulacros conforme a NT-SGIRPC-SIM-007-2024, incluyendo el simulacro obligatorio sin previo aviso durante la vigencia anual del PIPC.
- Riesgo observable: fuga de gas perceptible por olor, cableado expuesto, flamas no contenidas, aforo que rebasa capacidad del inmueble, tanque estacionario sin protección contra impacto. Descripción: {{detalle}}.
- Otro: {{descripcion}}.
Personas en riesgo
Sección titulada «Personas en riesgo»En el inmueble se encuentran habitualmente:
- Personal de cocina subordinado (aproximadamente {{numero}} cocineros y ayudantes).
- Repartidores en área de espera (aproximadamente {{numero}}).
- Otros operadores vecinos que comparten instalación (en su caso).
- Vecinos colindantes del inmueble (casas habitación, comercios).
Antecedentes del denunciante (si aplica)
Sección titulada «Antecedentes del denunciante (si aplica)»El denunciante (en su carácter de arrendatario/trabajador/vecino) ha solicitado previamente al responsable del inmueble la exhibición de los documentos referidos, mediante:
- Correo electrónico de fecha {{fecha}}, del que se anexa copia.
- Solicitud formal escrita con acuse de fecha {{fecha}}, del que se anexa copia (ver 6.1-solicitud-docs-regulatorios).
- Carta notarial de fecha {{fecha}}, en su caso (ver 6.3-carta-notarial-uso-pacifico).
A la fecha, el responsable no ha exhibido la documentación ni ha regularizado la situación.
Solicitud
Sección titulada «Solicitud»Con fundamento en la Ley GIRPC CDMX (en especial los artículos que regulan la obligación del poseedor o arrendatario de contar con Programa Interno, póliza y dictámenes), su Reglamento, los Términos de Referencia citados y la NOM-004-SEDG-2004, solicito respetuosamente a esa Secretaría que:
- Ordene visita de verificación administrativa al inmueble denunciado.
- Requiera al responsable la exhibición de Constancia PIPC, póliza RC, dictamen de gas y demás documentación regulatoria.
- De actualizarse alguno de los supuestos de clausura temporal o total por riesgo inminente, aplique las medidas de seguridad previstas en la Ley.
- En su caso, imponga las sanciones económicas que procedan, en el rango previsto por la Ley (200 a 23,128 UMA según supuesto; UMA 2026 = $117.31 diarios).
- Informe al suscrito (si la denuncia se presenta con identificación) sobre el resultado de la intervención, conforme a la normativa de acceso a la información.
Evidencia anexa (en su caso)
Sección titulada «Evidencia anexa (en su caso)»- Fotografías del {{elemento — tanque, cableado, cocina, rutas bloqueadas}}, tomadas el {{fecha}} en {{ubicación}}.
- Video de {{descripcion}}, duración {{segundos}}.
- Copia del correo/solicitud previa al arrendador.
- Testimonios complementarios: {{si aplica}}.
Dejo a disposición de la autoridad la evidencia en archivo digital en el canal que se indique.
Atentamente,
{{nombre_denunciante_o “Denuncia anónima”}} {{cargo_si_aplica}} {{correo_contacto_si_aplica}}
Cómo usar este template
Sección titulada «Cómo usar este template»Dónde presentar / a quién enviar
Sección titulada «Dónde presentar / a quién enviar»- Línea 089 (CDMX) — denuncia telefónica anónima. Útil para riesgo inminente o cuando no quieres dejar rastro escrito.
- Portal denunciaanonima.cdmx.gob.mx — formulario electrónico con opción de anonimato; genera folio.
- Atención ciudadana SGIRPC: 55 5515-1918 / 64; correos institucionales listados en proteccioncivil.cdmx.gob.mx.
- Unidad de Protección Civil de tu alcaldía — listado en proteccioncivil.cdmx.gob.mx/secretaria/unidades-de-proteccion-civil-por-alcaldia. Presencial con copia de la denuncia. Sello de recibido.
- SUAC CDMX (Sistema Unificado de Atención Ciudadana) como respaldo administrativo.
- 911 si hay riesgo inminente (fuga audible, fuego, explosión). No sustituye a la denuncia, pero la precede.
Cómo entregar (acuse, presencial, electrónico, notarial)
Sección titulada «Cómo entregar (acuse, presencial, electrónico, notarial)»- Anónima por 089 o portal: sin acuse escrito, pero el portal arroja folio de seguimiento.
- Presencial en Unidad de Protección Civil: lleva dos copias, una queda sellada para ti.
- Correo electrónico a la Secretaría: guarda PDF con encabezados técnicos.
- No requiere notario.
Plazos de respuesta razonables
Sección titulada «Plazos de respuesta razonables»- Tiempos oficiales de respuesta no están publicados de forma uniforme por SGIRPC (ver brecha en 1.3-proteccion-civil-sgirpc).
- En la práctica: inspección en días a pocas semanas cuando hay riesgo concreto; más lenta si el caso es solo documental.
- Riesgo inminente (911): respuesta en minutos.
Qué hacer si no responde
Sección titulada «Qué hacer si no responde»- Reiterar la denuncia citando folio.
- Escalar a la Contraloría Interna de la SGIRPC y a la Secretaría de la Contraloría General de la CDMX.
- Solicitud de información vía Transparencia sobre el seguimiento del folio (ley de transparencia local).
- Denuncia cruzada ante Agencia de Protección Sanitaria CDMX (6.5-queja-cofepris) si la situación también afecta higiene.
- Si hubo siniestro, denuncia penal por lesiones/homicidio culposo, además de acción civil.
- Para escalamiento, ver 4.3-queja-autoridad.
Documentos a adjuntar
Sección titulada «Documentos a adjuntar»- Fotos/videos del riesgo, sin ponerte en peligro para obtenerlos.
- Correo/comunicación previa con el arrendador, si la hubo (ver 6.1-solicitud-docs-regulatorios).
- Copia de la Constancia PIPC defectuosa, si el arrendador entregó una que no cumple (para denunciar el documento, no solo su ausencia).
- Cualquier testimonio complementario.
- Cero. Todos los canales son gratuitos.
Errores comunes que invalidan el template
Sección titulada «Errores comunes que invalidan el template»- Proporcionar domicilio vago (“cerca de la gasolinera de Narvarte”). Sin calle, número y colonia, la inspección no se ordena.
- Describir los hechos en términos genéricos (“trabajan mal”). Hay que detallar el supuesto normativo (sin PIPC, sin dictamen, rutas bloqueadas).
- Denunciar sin evidencia cuando podría obtenerse. La denuncia sin soporte pierde fuerza pese a ser admisible.
- Presentar anónima cuando te conviene seguimiento formal (la anónima no permite al denunciante recibir notificación del resultado por el canal de transparencia).
- Denunciar únicamente a la marca virtual y no al establecimiento físico ni a la operadora. La marca no es sujeto regulado; el inmueble sí.
- Esperar a la clausura para reclamar al arrendador: la denuncia anticipada es tu palanca.
- Omitir referencia a intentos previos con el arrendador cuando los hubo. Eso demuestra que la denuncia no es frívola.